Actualización Ley Segunda Oportunidad

La actualización significativa de la Ley de Segunda Oportunidad en 2022, ha supuesto el abaratamiento de costes y la simplificación de trámites necesarios para acogerse a la misma, entre otras nuevas ventajas. 

 

Puedes conocer más sobre las posibilidades y requisitos tras la actualización de la Ley de mano de nuestros expertos, y aumentar tus probabilidades de obtener tu LSO de forma rápida y eficiente. 

 

 

Reforma de la Ley de Segunda Oportunidad tras la actualización 

 

Para conocer los cambios que ha traído la nueva Ley de Segunda Oportunidad tras su actualización y realizar tu solicitud, puedes ponerte en contacto con nuestros abogados expertos, que te guiarán en el proceso paso a paso. 

 

 

➡️ Completa nuestro formulario: 

Selecciona el motivo Reunificación e introduce la información necesaria relacionada con tu solicitud junto con tus datos personales básicos.

 

 

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Tras enviarlo, nuestros asesores analizarán tu perfil y contactarán contigo para orientarte sobre la entrega de la documentación.

 

 

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La Ley de Segunda Oportunidad actualizada permite simplificar requisitos y abaratar procesos. Solicita la ayuda de nuestros expertos sin coste adicional.  ¡Analizamos tu perfil y te ayudamos a cancelar tu deuda!.

 



Principales actualizaciones de la Ley Segunda Oportunidad

 

Te contamos las novedades más importantes de la actualización de la LSO, incluidas en la reforma de 2022 de la Ley Concursal para la insolvencia y reestructuración empresarial en España.

 

 

Nuevo Marco de Reestructuración Preventiva

Se introducen procedimientos para anticipar la insolvencia y permitir acuerdos de reestructuración entre deudores y acreedores antes de llegar al concurso.

 

 

Simplificación y Agilización de Procedimientos

Se reducen los plazos y se simplifican los trámites procesales, con un enfoque especial para microempresas y autónomos, promoviendo un procedimiento más ágil y digital.

 

 

Segunda Oportunidad para Personas Físicas

Se mejora el procedimiento de exoneración del pasivo insatisfecho, haciendo el proceso más accesible, con la supresión del requisito de liquidar el patrimonio en ciertos casos.

 

 

Promoción de Acuerdos Pre concursales

Se refuerzan los acuerdos de refinanciación y los planes de reestructuración, con procedimientos simplificados para pymes

 

 

Mejoras en la Gestión Concursal

Se aumenta el control sobre los administradores concursales para garantizar su imparcialidad y se redefinen las competencias del juez para mejorar la eficacia.

 

 

Adaptación a la Directiva Europea (UE) 2019/1023

La Ley se alinea con los estándares europeos, introduciendo un enfoque más preventivo y enfocado en la viabilidad empresarial.

 

 

Digitalización del Proceso

Se impulsa la tramitación telemática y se crea una plataforma electrónica para gestionar los concursos de microempresas.

 

 

Mayor Protección a los Acreedores

Se refuerzan los derechos y garantías de los acreedores, con mecanismos para evitar abusos por parte de los deudores.

 

 

Procedimiento para Microempresas

Se establece un régimen especial simplificado para empresas con menos de 10 empleados, con la posibilidad de liquidación o reestructuración rápida y costes reducidos.

 

 

⭐ Ampliación de la Deuda Exonerable:

 Ampliación de deudas posibles de exoneración, permitiendo a los deudores poder cancelar mayor cantidad de deudas financieras. 



Los requisitos generales para acogerse a la LSO actualizada

 

A continuación, te mostramos los requisitos esenciales para acogerse a la  Ley de Segunda Oportunidad tras su nueva actualización: 



1º: Actuar de buena fe

 

✔️ No haber sido condenado por delitos socioeconómicos en los últimos 10 años.

 

✔️ No haber sido sancionado por infracciones graves o derivación de responsabilidad con AEAT y TGSS en los últimos 10 años.

 

✔️ No haberte endeudado de manera negligente o temeraria, o haber proporcionado información falsa.

 

✔️ Colaborar con el Juzgado o la Administración Concursal.

 

✔️ No haber obtenido exoneración de deudas en los 2 o 5 años anteriores (con plan de pagos). 

 

 

 

2º: Estado de insolvencia actual o inminente, en los próximos 3 meses. 

 

 

Nuestros abogados expertos te ayudarán con la nueva documentación necesaria y optimización del perfil sin coste adicional.  ¡Analizaremos tu caso en menos de 24 horas!

 

 

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Preguntas Frecuentes: Actualización Ley Segunda Oportunidad

 

 

¿Cuál es la principal actualización de la LSO?

 

La principal actualización de la ley de segunda oportunidad en España en 2022 es la mejora en el procedimiento de exoneración del pasivo insatisfecho para las personas físicas. Esta reforma facilita el acceso a la exoneración total de deudas sin la necesidad de liquidar el patrimonio del deudor en ciertos casos. 

 

 

¿Cuáles son las ventajas principales de la nueva LSO actualizada?

 

Los procesos se han reducido y se han abaratado, ya que algunos ya no requieren el nombramiento de un administrador concursal o la necesidad de acudir a concursos de Primera Estancia, al tramitarse en juzgados mercantiles. 

 

 

¿Hay nuevas ventajas para autónomos tras la actualización de LSO?

 

Sí. Se aumentaron exoneraciones para deudas con Hacienda y Seguridad Social a hasta 20.000 €, se creó una vía para exonerar deuda sin liquidar los bienes y acceder a LSO sin necesidad de vender la empresa, y se creó una plataforma concursal para autónomos con deudas inferiores a 350.000 €. 

 

 

¿Cuáles son los límites de exoneración de deuda con la nueva LSO?

 

En lo referente a la AEAT y a la TGSS, los nuevos límites son: exoneración integra de los primeros 5.000 euros, exoneración del 50% de la deuda hasta los 10.000 euros, y hasta 20.000 euros de deuda exonerable conjunta de ambas organizaciones. 

 

 

¿Puedo exonerar deuda sin liquidar patrimonio con la LSO actualizada?

 

Sí. En la nueva Ley, se introduce un plan de pagos, que posibilita la obtención de la exoneración de las deudas sin tener que liquidar el patrimonio personal, permitiendo conservar su vivienda habitual y activos empresariales.

 

 

 


 
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